LIMITACIONES DE PAGO EN EFECTIVO
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Como miembro del Consejo de Turismo de la CEOE, la confederación ha participado en el acuerdo de un texto conjunto que manifiesta la preocupación de todo el sector.
Madrid, 20 de septiembre de 2024.– La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), como miembro del Consejo de Turismo de la CEOE, participó en el acuerdo de un texto conjunto firmado por todos los miembros de este órgano. En él se manifiesta el malestar y preocupación de todo el sector turístico ante la inminente entrada en vigor del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, prevista para el próximo 1 de octubre de 2024.
CEAV considera que esta nota constituye un gran apoyo para volver a solicitar la aprobación de una nueva moratoria para la aplicación de dicha normativa, así como una importante revisión de su texto, para adecuar su contenido a la normativa de protección de datos de la UE, garantizar la competitividad del sector turístico español frente a los operadores turísticos de otros países y evitar una carga desproporcionada a las empresas del sector turístico.
Por parte de CEAV se ha emitido una carta con las peticiones en defensa del sector de las agencias de viajes al Ministerio de Interior, al Ministerio de Turismo y a las secretarías de Estado, así como a otros organismos que pueden tener una implicación directa o indirecta al respecto.
En dicha carta se reiteran las razones por las que las agencias deben quedar excluidas, entre las que destacan las siguientes:
El RD exige la comunicación de un volumen tan amplio de datos de los viajeros que, a menudo, las agencias de viajes no disponen de ellos.
El proceso de registro y comunicación de datos implica una carga administrativa demasiado onerosa y desproporcionada para las agencias de viajes, así como una cantidad de tiempo inasumible en el caso de microempresas y pymes, que son la mayoría en el tejido empresarial de agencias de viajes.
Las empresas prestadoras de los servicios de hospedaje y de alquiler de vehículos sin conductor ya disponen de los datos de los viajeros desde que la agencia de viajes intermediaria tramita una reserva con ellos. De mantenerse como sujetos obligados los intermediarios, se produciría una duplicación innecesaria de comunicación de datos, lo que iría en contra de lo que se pretende con la propia norma: garantizar y reforzar la seguridad pública.
Asimismo, en las cartas se añade que, en el caso de que no sea aprobada la exclusión de las agencias de viajes, desde CEAV se entiende que resulta imprescindible que se apruebe una nueva moratoria para la entrada en aplicación de dicha norma hasta que se modifique su texto para adecuarse a la normativa de la UE de protección de datos, se publique la Orden Ministerial que se prevé en dicha norma, y la plataforma tecnológica instrumentada para la comunicación y el registro de datos funcione eficazmente.