- La Confederación Española de Agencias de Viajes presenta un recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales al concurso para el Contrato Centralizado de Servicio de Agencia de Viajes de la Administración General del Estado.
- CEAV destaca en su recurso que no se debe establecer como criterio de adjudicación las tarifas aéreas ya que se trata un contrato de servicio de agencias de viaje y no ante un contrato de servicios de transporte
- Además, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) incumple también el Principio de Igualdad de Trato ya que prima a las agencias que pertenezcan al mismo grupo empresarial que una línea aérea, tal y como sucedió en la licitación anterior, ya que son los únicos que pueden fijar las tarifas y mantenerlas durante los dos años de duración del contrato
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